ATENCIÓN: ELECTORES
GOLONDRINOS
Hasta ocho años de pena
privativa de la libertad podrán recibir los denominados “electores
golondrinos”, que se cambien de domicilio para alterar el resultado de una
elección o beneficiar a un candidato o partido político, advirtió este sábado
el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Indicó que, de acuerdo con el
Código Penal, el elector “golondrino” podrá ser sentenciado a una pena
privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de ocho años por realizar el
cambio de domicilio o inducir a realizarlo hacia una circunscripción distinta a
su residencia habitual.
Ser un “golondrino” es un
delito electoral dado que atenta contra el derecho de sufragio e induce a error
en la formación del padrón electoral, señaló el JNE.
En ese sentido, y con miras a
las Elecciones Regionales y Municipales, el JNE iniciará una exhaustiva
fiscalización del padrón electoral en varios distritos del país, ante el alto
número de trámites de cambio domiciliario, que hacen presumir que se trataría
de electores golondrinos.
Para este trabajo de campo en
pro de la legalidad de los padrones, la Dirección Nacional de Fiscalización y
Procesos Electorales del JNE dispuso el desplazamiento de 18 especialistas,
quienes comprobarán la veracidad y la corrección de las inscripciones de más de
1,700 ciudadanos tomados como muestra.
La tarea de fiscalización del
padrón, que es la relación de ciudadanos aptos para votar, corresponde al JNE
no solo en etapa electoral y no electoral, tomando en cuenta la remisión
trimestral que el Registro Nacional de Identificación y Registro Civil (Reniec)
efectúa de las inscripciones agregadas o eliminadas, a escala nacional.
Conforme a su ley orgánica,
compete al máximo organismo electoral “fiscalizar la legalidad de la elaboración
de los padrones electorales, luego de su actualización y depuración final
previa a cada proceso electoral”.
De esta manera se procura para
que el país cuente con un padrón limpio y confiable, sin fallecidos ni
“golondrinos”.
FUENTE: JNE.